REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N º 1 E 511-07
JOVEN: IDENTIDAD OMITIDA.
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSOR: DR. TIRONNE BERROTERAN
VICTIMA: CARLOS ALBERTO CORDERO BARRIOS Y OTROS
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y el cómputo, que antecede llevado al joven IDENTIDAD OMITIDA de la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD. Este Tribunal de acuerdo a lo previsto en el articulo 647 literal “ e “ en concordancia con el articulo 628 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente procede a revisar la medida de Privación de Libertad, Ahora bien, consta en autos computo de la medida arriba señalada , la cual culmina en fecha (12) de Junio del año dos mil ocho (2008) la cual corre inserto a la segunda pieza del presente expediente, a cuyo efecto observa este Juzgador:
Por cuanto ha transcurrido el lapso establecido para el cumplimiento de la medida impuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal, observa: Que trascurrió en su totalidad, el lapso de cumplimiento de la sanción ACUERDA ESTE JUZGADO DECRETAR EL CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD . ASÍ SE DECLARA.-
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTA Y EN CONSECUENCIA SU LIBERTAD PLENA todo conforme al los articulo 647 literal “h” en concordancia con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-20.708.872 Y ASI SE DECIDE Notifíquese a las parte y remítase en su oportunidad al archivo judicial Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, a los 16 días del mes de Mayo del año dos mil Ocho (2.008). Año 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
YADIRA HENRIQUEZ
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG: YADIRA HENRIQUEZ
Act. 1E-511-07
RAU/YH.