Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados HENRY JESUS QUEZADA LIENDO, cédula de identidad N° V-10.576.090 y OSCAR GABRIEL FUENTES URIBE, cédula identidad N° V-17.497.286, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 281del Código Penal, Así mismo las Penas Accesorias de Ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal.
Se Acordó mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a los precitados acusados, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, como son presentación periódica por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada treinta (30) días.
No se condena en costas, en virtud del principio de gratuidad de la Justicia, establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; la presente decisión se tomó con fundamento a los artículos 330, numerales 2 y 6, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 376 ejusdem, en vista del procedimiento por Admisión de los Hechos.
Se ordena remitir las actuaciones al Tribunal en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal dentro del lapso legal.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia certificada
. EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
JESUS EMILIO MARCANO SALINAS
LA SECRETARIA
VERONICA PETER
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
LA SECRETARIA
VERONICA PETER
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