REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Primera (1ª) Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II
Guatire, 10 de junio de 2008
198º y 149º
PARTES: OLGA JOSEFINA MONTEROLA PEÑA titular de la cédula de identidad Nro. 5.230.224.
JEAN CARLOS FORGHIERY REYES titular de la Cédula de identidad Nro. 5.226.872
Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto el presente asunto se inició en fecha 07-03-2006 en virtud de la solicitud que por motivo de REVICIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, fue interpuesta por el primero de los antes identificado, ante este Tribunal, la juzgadora observa que, habiendo sido declarada la perención de la instancia en dicha solicitud, y dictada la DECISIÓN en la presente causa el 10-08-2007.. Ahora bien, como quiera que este órgano jurisdiccional se ha percatado que ya ha transcurrido el lapso establecido por la ley para que las partes ejercieran el recurso de apelación contra la referida decisión, sin que hasta la presente fecha lo hayan realizado, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y EN CONSECUENCIA SE ORDENA EL CIERRE DE LA PRESENTE CAUSA Y LA REMISIÒN DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL DEPOSITO DE ARCHIVO JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA REGIÓN MIRANDA para su resguardo. Y ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíquese la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ
DR. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES
LA SECRETARIA
Abg. JUDITH LOVERA PEDRON
Exp. 06-7302
HARB/JLP/jheyddy.-
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