REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II

Guatire, 02 de Junio de 2008
198º y 148º

COMISION PROVENIENTE DEL: Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Sala de Juicio Nº 01

PARTE DEMANDANTE: MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA.

PARTE DEMANDADA: JOSE LUIS AVILES BELLO.

MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR (CITACION)

Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto el presente asunto se inició en virtud de la exhortación realizada, y siendo que al respecto se observa que habiendo sido admitida dicha petición, y tramitada debidamente hasta su conclusión, y como quiera que este órgano jurisdiccional cumplió la exhortación, la cual fue materializada de acuerdo a las actuaciones que cursan a los autos, con lo cual este Despacho Judicial no tiene ninguna otra actuación que realizar, motivo por el cual, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal Nº II del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada el presente exhorto, por lo que ordena su remisión al Tribunal de origen. Líbrese oficio. Cúmplase.
El Juez,

Abg. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES

El Secretario.

Abg. Leonard Vielma Toro.



Exp. Nº C-08/1124
/HARB/Jesús Diaz