REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO. JUEZ UNIPERSONAL N° 1
Guatire, 02 DE JUNIO DEL AÑO 2008
197º y 149º
Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos CARLOS EDUARDO CORNIELES AMADO y JAYONE DE LOS ANGELES AGUILAR TORRES titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.309.429 Y 14.687.260 respectivamente, inserta al folio 20 del presente expediente mediante la cual desiste del presente procedimiento, este Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones establecidos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia devuélvanse los originales y el cierre del presente expediente y su remisión al Depósito de Archivo Judicial. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. JUDIHT LOVERA PEDRON
EL(A) SECRETARIO(A)
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL(A) SECRETARIO(A)
EXP. N° 08-9055
JLP//Jheyddy.-
REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.