REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° I

Guatire, 25 de Junio de 2008
198º y 149º

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JUAN CARLOS CASTRO VOLCAN, quien falleció ab intestato en la Autopista Gran Mariscal de Ayacucho Kilómetro 15, sentido Guarenas, en fecha 03/05/2008, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, acta Nº 284 de fecha 06/05/2008, y quien era titular de la cédula de identidad Nº 6.045.885, a su menor hija, (IDENTIDAD OMITIDA), nacida en la Clínica de Coche El Valle en fecha 29/06/1990, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 908, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador, de fecha 27/08/1990, y su esposa la ciudadana SIGRI GUZMAN DE CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 5.599.071. Devuélvase todo original.
La Juez Unipersonal Nº 1
Dra. Leticia Morillo Moros
El (A) Secretario (A)


LMM/MAB/Jesús Díaz
EXP: S-08/7501
D.U.U.H