REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y  Adolescentes
 
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
 
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° I
 
   
 
                     Guatire, 26 de Junio de 2008
 
       198º y 149º
 
 
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del  ciudadano ANTONIO JOSE GUERRA, quien falleció ab intestato en el Hospital general de Higuerote, Municipio Brión, Estado Miranda, en fecha 23/06/2007, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Brión del Estado Miranda, acta Nº 77 de fecha 25/06/2007, y quien era titular de la cédula de identidad Nº 6.090.782, a sus menores hijas, (IDENTIDAD OMITIDA), nacida en el Hospital General de Higuerote en fecha 28/09/1990, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 456, expedida por la Primera Autoridad del Municipio Brión del Estado Miranda, de fecha 30/10/1990, (IDENTIDAD OMITIDA), nacida en el Hospital General de Higuerote en fecha 17/08/1992, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 226, expedida por la Primera Autoridad del Municipio Brión del Estado Miranda, de fecha 28/05/1993, (IDENTIDAD OMITIDA), nacida en el Hospital General de Higuerote en fecha 16/04/2001, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 302, expedida por la Primera Autoridad del Municipio Brión del Estado Miranda, de fecha 04/07/2001 y su esposa la ciudadana ELIZABETH LUNAR CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 10.354.824. Devuélvase todo original. 
 
La Juez Unipersonal Nº 1
 
  Dra. Leticia Morillo Moros 
 
                                                                      	 El (A) Secretario (A)  
 
 
 
LMM/LVT/Zunyin 
 
EXP: S-08/7635
 
D.U.U.H
 
 
 |