REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy, tres (03) de marzo de 2008, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública en la causa incoada por el ciudadano ROBERT ALFONSO BARBOZA SOTO, titular de la cedula de identidad N° 11.569.485, contra la empresa COUTTENYE & CO S.A, en el expediente signado con el número 1342-08,(Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por la abogada PATRICIA VACCARA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 11 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia de la abogada PATRICIA VACCARA RAGA, en su carácter de apoderado judicial del demandante, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 105.990, así mismo hizo acto de presencia la abogada NEYRA MEZA SERRA inscrita en el inpreabogado bajo el N° 79.917, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra a las partes presentes quienes expusieron sus fundamentos. Concluida la exposición el ciudadano Juez se retira de la sala siendo las diez y quince de la mañana (10:15 a.m) a los fines de decidir la presente causa. Posteriormente regresa a la sala siendo las diez y veinticinco de la mañana (10:25 a.m) y procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente hace un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada PATRICIA VACCARA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante contra la decisión de fecha 11 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 11 de febrero de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará dentro de los cinco (05) días hábiles siguiente a la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día tres (03) de marzo del año 2008, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE APELANTE
EXP. 1342-08
AHG/JMM
JOHANNA MONSALVE MORALES
LA SECRETARIA
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA.