JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, Los Teques, 24 de marzo de 2.008
197° y 149°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga en la sucesión de los ciudadanos MAGALY YUDITH TOVAR MARRON, HENGRILUP MARIOLGI ACHIQUE YAGUARAN, MAGDALY YUDRASKA ACHIQUE TOVAR, HENRY DAVID ACHIUE TOVAR, MAYBETH DEL CARMEN ACHIQUE TOVAR y ENLER ACHIQUE TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.093.418, V- 18.009.454, V- 24.674.846, V-25.736.857, V- 21.471.560, respectivamente, y los dos últimos sin cédula de identidad, del de-cujus HENRY RAMON AHIQUE RUIZ, fallecido ab-intestato en fecha 25 de Diciembre de 2.006, en la ciudad de Caracas. Devuélvase todo original con sus resultas, incluyendo la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado JHONNY A. HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.086. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
YONNY F. CALDERA.
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
YONNY F. CALDERA.
EMQ/yolanda
EXP. NRO. 45.086
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