JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 28 de marzo de 2.008
197° y 149°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de los ciudadanos LUIS MILVIA YOLANDA GOMEZ RIVAS y MARIBEL DE JESUS GARCÍA MARTÍNEZ venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-6.358.179 y V-7.921.606, respectivamente, levantada ante el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, relacionados con la solicitud, presentada por el ciudadano PROVIDENCIO PANTOJA, suficientemente identificados, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de ciudadana PROVIDENCIO PANTOJA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.721.952, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Lote de Terreno, ubicado en la Urbanización Alejandro Oropeza Castillo, zona N° 02, Vereda N° 06, casa N° 14, Guarenas, Jurisdicción del Municipio Plaza del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada DAYANARA CASTELLANOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.736. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal
LA JUEZA, TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
YONNY F. CALDERA
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
EMQ/yolanda
EXP. N° 44806
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