JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 10 de marzo de 2008.-
197º y 148°

Vista la diligencia suscrita en fecha 06 de marzo de 2008, por el ciudadano NELSON ALBARRACIN SOCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.646.862, casado, de este domicilio, asistido por el abogado EMILIO A. ABUNASSAR B., inscrito en el inpreabogado bajo el N° 24.468, parte demandante, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, se levanta la Medida de Embargo decretada por auto de fecha 22 de febrero de 2008, y se deja sin efecto la comisión librada con fecha .22 de febrero de 2008 y oficio Nº 404 al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Córdoba, Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira. Ofíciese lo conducente.- Líbrese oficio.- Igualmente, se acuerda entregar la letra de cambio que se encuentra guardada en la caja de seguridad.- Así mismo, se acuerda el desglose de los documentos corrientes en copias simples a los folios 07, 08, 09, 10 y 11 y dejar en su lugar copias fotostáticas certificadas. Para la elaboración de los fotostatos, se autoriza al ciudadano GEOVANNY CASTRILLÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.633.399.- Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.