En el día hábil de hoy, Once (11) de Marzo de 2008, siendo las 9 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial el apoderado de la parte demandada ciudadano CARLOS MIGUEL UTRERA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.973.216, con Inpreabogado Nro.98.067, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Segunda de San Cristóbal, en fecha 20 de abril de 2.007, anotado bajo el Nro.46, tomo 85, que se encuentran agregado a los folios 14 y 15 del presente asunto, se deja expresa constancia que la parte actora la ciudadana GLADYS MENDOZA CARVAJAL, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.996.915 no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la ciudadana GLADYS MENDOZA CARVAJAL, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.996.915, por el cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales correspondientes a su difunto hijo DICKSON JOSÉ GALAVIS MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° V-12.630.644, contra la CASTELLANA CONTRY CLUB C.A., en la persona de su representante legal ciudadano CARLOS ARTURO UTRERA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.235.405. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ
BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO
|