REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Este Tribunal de primera instancia en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara Sin Lugar el requerimiento presentado por la Dra. Paudelis Solorzano, en su carácter de Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, recibida en este Tribunal en esta misma fecha 28/03/2008; en relación a la solicitud de orden de allanamiento a ser practicada por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda en xxxxx; ello de conformidad con lo dispuesto en el artículos 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo establecido en los artículos 10, 11 numerales 1 y 6, 12, 14 numeral 1, 15, 16, 20, 27, 28, 29 y 30 del Decreto con fuerza de Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Notifíquese a la solicitante, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3
Dr. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Solicitud N° 3CS-305/08
RER/am/rer