REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley NIEGA la revisión de la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por la Abg. MERCEDES ADRIAN, en su carácter de defensora pública penal del ciudadano JESUS JAVIER LABRADOR PIÑERO y la Abg. JANETH GUARIGLIA RANGEL en su carácter de defensora pública penal del ciudadano ANTONIO FERNANDOHAMUI BATIKADE; por cuanto permanecen en el tiempo las circunstancias fácticas que en un principio originaron la imposición de la Medida privativa de Libertad que pesa en contra de sus patrocinados, y en consecuencia se mantiene la misma.
Publíquese, Regístrese, Diaricese y notifíquese a las partes.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO.
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
Causa N°: 4C-2193-07