REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley decreta la LIBERTAD PLENA de los ciudadanos GONZALEZ COLMENARES OSWALDO y GUTIERREZ WILLIAMS ANTONIO, en virtud del archivo fiscal decretado por la Fiscal Décimo Novena del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal; no obstante los mismos deberán comprometerse mediante acta firmada levantada por este Tribunal a comparecer a la fiscalía las veces que la Fiscal del Ministerio Público los requiera, ello en virtud del archivo de las actuaciones pudiendo surgir nuevos elementos que ameriten la reapertura de la investigación. Por todo lo cual, es forzoso declarar SIN LUGAR, la solicitud formulada por la representación fiscal en cuanto a la imposición de una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad.
Regístrese, Diaricese, notifíquese a las partes de la presente decisión. Librese las correspondientes boletas de excarcelación. CUMPLASE.-
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL

ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

ABG. ANGELICA VELASQUEZ

Causa N°: 4C-5090-08