REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano DRA. ELIZABETH CORREDOR, Defensor Público Penal del ciudadano PEREZ BARONA JHON JAIRO, PEREZ BARONA JOHAN MANUEL Y VOLCAN GONZALEZ MANUEL SALVADOR, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.315.621, No. V-15.714.194 y No. V-13.477.442, respectivamente, en consecuencia, se ordena el cese de la medida cautelar de presentación impuesta a los mismos mediante decisión emitida el 27 de Agosto de 2007, y a tal efecto, se ordena colocar la correspondiente nota en el Libro de Presentaciones llevado por este Tribunal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes.
LA JUEZ
HERMINIA BRAVO DE FREITES
La Secretaria
ABG. OMAIRA MATERANO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.
La Secretaria
ACT.5C-4736-07
HBDEF/gs.-