REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la Ciudad de Los Teques, Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, se DECLARA PROCEDENTE LA FIJACIÓN DE UN PLAZO PRUDENCIAL DE TREINTA (30) DÍAS, en la causa signada con el N° 6C-7519-01; seguida a los ciudadanos VASQUEZ SOLORZANO EDWIN SANTIAGO, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Oficial de Seguridad, hijo de Maria Dolores Solorzano (v) y Santiago Vásquez Camejo (v), residenciado en: Cumbre Roja, Km. 35, sector Caña Larga, casa N° 05, mas abajo del Matadero Vito, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.161.909, CAMEJO NIEVES JOSE GREGORIO, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 30 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de Antonia Nieves (v) y Juan Pastor Camejo (v), residenciado en: Cumbre Roja, Km. 35, sector Caña Larga, casa N° 05, mas abajo del Matadero Vito, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.881.666 y ORTEGA CARDENAS JOSE DOMINGO, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, de 50 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pintor Automotriz, hijo de Maria Cárdenas (v) y Domingo Ortega (v), residenciado en: Cumbre Roja, Km. 35, sector Caña Larga, casa N° 05, mas abajo del Matadero Vito, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-.05.510.503; respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, Publíquese, diarícese, y déjese copia y constancia en el libro Diario de la presente decisión. CÚMPLASE.

LA JUEZ SEXTO DE CONTROL,

ABG. NAIR J. RIOS CHAVEZ
EL SECRETARIO


ABG. JOSÉ LUÍS CHAPARRO CARRASQUEL

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Y así lo certifico.

EL SECRETARIO


ABG. JOSÉ LUÍS CHAPARRO CARRASQUEL




Causa: 6C-7519-01
Decisión consta de cuatro (04) folios útiles
Sin Enmienda.