REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Por las razones expuestas este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA REFORMADO el computo de la pena del ciudadano MATUTE FIGUEROA FRANCISCO, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.530.269, de nacionalidad venezolana, nacido el 04/09/1965, de estado civil: soltero, con residencia en: Barrio Yusepa, al lado de la Churuata El Panare, Municipio Caicara del Orinoco, Estado Amazona; todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479.1 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda y la Defensa; a tal efecto, líbrese la correspondiente Boleta de traslado al Internado Judicial de Carabobo, Tocuyito. Remítase copia debidamente certificada por secretaria al Presidente del Consejo Nacional Electoral, al Director del Internado Judicial de Carabobo, Tocuyito, al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones de Interiores y Justicia. CÚMPLASE
LA JUEZ DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS.
EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO A DELGADO S

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO A DELGADO S





Act. 4E2831/03
NMB.-