REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES


Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Estado Miranda, (Sección Adolescentes), con sede en Los Teques, Administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de la Representación Fiscal de imponerle al adolescente prohibida su identificación, ampliamente identificado al comienzo de este acto, las Medidas Cautelares prevista en el artículo 582 literales “ c, d y f” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes: LA PRIMERA: En cumplir presentaciones cada ocho (08) días ante este Tribunal a partir del día de mañana miércoles 05 de los corrientes. SEGUNDO: Prohibición de Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y del Área Metropolitana de Caracas, sin la autorización previa del mismo. TERCERO: Prohibición de tener directa o indirectamente cualquier tipo de comunicación con la victima ciudadana ALMEIDA ROSALES MARY CARMEN y sus familiares. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensa, en cuanto a que si se le ordena una investigación al Imputado, la misma se realice en libertad, por cuanto este Tribunal le impuso las medidas cautelares prevista en el artículo 582 literales “C, D y F”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. TERCERO: Se insta a la Fiscalia abrir la respectiva averiguación, en cuanto a las lesiones que presenta el adolescente, para que se realice el respectivo examen Medico Forenses, tal como lo solicita la Defensa del Imputado. CUARTO: acuerda la libertad inmediata del adolescente. QUINTO Se declara con lugar la expedición de copias simples de la presente acta solicitada por las partes. SEXTO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia actuante a los fines de que continúe la investigación por el procedimiento ordinario. Quedan notificadas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo terminó se leyó, siendo las12:40 de la tarde, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
DRA. MARYORI BORGES GRAZIOZI

EL SECRETARIO

CARLOS A. IZARRA D.
En misma fecha se dio cumplimiento se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO

CARLOS A. IZARRA D.
EXP. Nº 1C-1361-08

MB