REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II

Guatire, 12 de marzo de 2008
197º y 148º
Vista las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR ESPECIAL, manifestado por el ciudadano JOSÉ MANUEL ABREU COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº 8.755.275, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo al ciudadano JOSÉ MANUEL ABREU COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº 8.755.275, de Curador Especial del niño (IDENTIDAD OMITIDA), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investido de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Abg. Helio Antonio Requena Bandres
El Secretario
Abg. Edgar Pérez




HARB/EXP:S- 08/7036
HARB/EPG/Jesús Diaz