REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
LOS TEQUES.
197° y 149°

EXPEDIENTE Nº 1709-07

ACTA

PARTE ACTORA: ARMANDO REVETE ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.843.073
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: YEXXI SIMARAI PEREZ OJEDA, RAUL GONZALO MEDINA VELEZ, ISABEL TERESA RICO DE OLIVEROS, MARIA FERNANDA ORDOÑEZ, SUSANA RINCON ALBORNOZ, JENNITT MORENO, GEIMY DEL VALLE BRITO RUIZ, JENNY ELIZABETH RAMIREZ, MARBYS ESTHER RAMOS GOMEZ, YANIRA M. MOH LUGO y MARIA E. CONTRERAS MOLINA, abogados de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N°s. 11.756.069, 13.062.259, 5.414.476, 6.557.306, 3.926.136, 6.275.434, 13.686.526, 11.932.770, 10.350.827, 10.111.852 y 8.076.362 e inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 64.722, 112.135, 70.606, 52.250, 52.393, 45.893, 92.989, 91.678, 68.435, 43.610 y 28.693 respectivamente, en su condición de Procuradores Especiales de Trabajadores del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuya representación consta en instrumento poder inserto en autos (folios 8 a 10)
PARTE DEMANDADA: DOMINGO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.871.704.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyó apoderados judiciales.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, lunes diecisiete (17) de marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 9:30 am., día y hora fijados para la celebración (CONTINUACION) de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el procedimiento por Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano ARMANDO REVETE ROJAS contra el ciudadano DOMINGO HERNANDEZ, ambos arriba identificados; se anunció el acto de viva voz a las puertas del Tribunal, y compareció personalmente el demandante asistido por las abogadas AURISTELA JOSEFINA HERNANDEZ BASTARDO y DEIMY LEEN MARTINEZ, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 15.518.978 y 143.363.355 e inscrita en el Inpreabogado bajo los Nºs. 129.978 y 96.040 respectivamente.- De igual modo compareció el demandado, también arriba identificado, asistido por los abogados FELICIANO R. CHAVEZ AVILA y MARIA ELENA MENDEZ SANCHEZ, en ejercicio, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 8.680.230 y 8.071.144 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 43.304 y 111.835 respectivamente.- En este estado la Juez, como rectora del proceso da inicio al presente acto, cediendo el derecho de palabra a las partes.- En este estado la parte demandada conviene en la demanda; pero, sin embargo, manifiesta no tener disponibilidad económica para el cumplimiento en una única entrega, por cuanto no tiene empresa, en razón de lo cual, propone cumplir con el pago en cinco (5) cuotas mensuales y consecutivas, cada una por la cantidad de DOS MILLONES OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES con setenta y cinco céntimos (Bs. 2.083.352,75); es decir DOS MIL OCHENTA Y TRES BOLIVARES fuertes con treinta y seis (36) céntimos (Bs. 2.083,36); la primera el día jueves 17 de abril de 2008; la segunda el día lunes diecinueve (19) de mayo de 2008; la tercera el día martes 17 de junio de 2008; la cuarta el día jueves 17 de julio de 2008 y la última el día jueves 14 de agosto de 2008; todas en cheque de gerencia en la sede del Tribunal en horas de despacho.- En este estado el demandante de manera expresa acepta la propuesta del demandado y la forma para el cumplimiento de la obligación.- En este estado el Tribunal HOMOLOGA el convenimiento, da por terminado el procedimiento y reserva el archivo del expediente hasta tanto conste de autos el cumplimiento total de la obligación.- En este estado el Tribunal devuelve al demandante el escrito de pruebas consignado en la oportunidad de la instalación de la audiencia preliminar.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

GLORIA GARCIA-ZAPATA
LA JUEZ


EL DEMANDANTE


LAS ABOGADAS ASISTENTES DEL DEMANDANTE

EL DEMANDADO

LOS ABOGADOS ASISTENTES DEL DEMANDADO

LA SECRETARIA
GG-Z/KASA
EXP. N° 1709-07