REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Los Teques, 13 de mayo de 2.008
197° y 149°

Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el justificativo de testigo, evacuado por este Juzgado, en el cual rinden declaración los ciudadanos VICTOR JOSÈ CHURIO BRICEÑO y GRACIELA DE LOURDES SALAS CARRASQUEL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.973.233 y V-4.236.491, respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JAVIER JOSÈ MARCANO LA ROCHE y ADANARY JOSEFINA PEREZ DE MARCANO, venezolanos, mayor de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-8.320.274 y V-6.916.266, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno distinguido con la letra y número H-2, que forma parte integrante del parcelamiento “Los Geranios”, distinguido con el numero y letra 6-A, que forma parte de la Hacienda El Ingenio, situado en la población de Guatire, Distrito Zamora del Estado miranda, según documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, bajo el Nro. 36, Tomo 06, Protocolo Primero, de fecha 19 de julio de 2005, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado RAIMUNDO SERRANO JAIMES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.009. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,


ELSY MADRIZ QUIROZ
EL SECRETARIO ACC,


YONNY F. CALDERA
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO ACC,
Exp: Nº 45.753.-
EMMQ/YFC/CAOT.-