JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinte de mayo de dos mil ocho.-
198º y 149º
Visto el escrito de fecha 10 de marzo de 2008, suscrito par los abogados OTTONIEL AGELVIZ MORALES y TOMAS MORA MOLINA, inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nos. 78.742 y 82.919, respectivamente, el primero, actuando en este acto con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JONNA VIVAS CUY, parte demandada y el segundo como Apoderado Judicial de la ciudadana NUBIA GLAFIRA JAIMES GELVIS, parte demandante, mediante el cual celebran TRANSACCIÓN JUDICIAL en la presente causa, e igualmente, vista la diligencia de fecha 16 de mayo de 2008, suscrita por el abogado TOMAS ENRIQUE MORA MOLINA, Apoderado Judicial de la parte actora, en la que solicita el levantamiento de las medidas decretadas por este Tribunal, por haber cumplido la parte demandada, cabalmente y a satisfacción, con lo estipulado en la referida transacción. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles se le imparte la homologación de Ley y se acuerda proceder como en sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal, en fecha 29 de octubre de 2004, sobre el inmueble descrito en autos; ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional. Hecho lo cual, se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. -
LA JUEZ TITULAR
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
LA SECRETARIA
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
En la misma fecha se notificó sobre el levantamiento de la medida al Registrador Inmobiliario, con oficio N° 0860-757.-
LA SECRETARIA
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
nancy
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