JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintidós de mayo de dos mil ocho.-

198º y 149º

Recibido por Distribución constante todo de (14) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por el abogado JENRRY GONZALO ALETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.561, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana PIEDAD CECILIA DUEÑEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-3.847.481, domiciliada en la calle 99-A (antes Colón), Casa N° 20, La Barraca, Maracay, Estado Aragua, civilmente hábil, representación que consta según Poder otorgado por ante la Notaría Pública Cuarta de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, inserto bajo el N° 55, Tomo 24, de fecha 27 de febrero de 2.008; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el abogado JENRRY GONZALO ALETA, en representación de la ciudadana PIEDAD CECILIA DUEÑEZ MENDOZA, ya identificada, y revisada como ha sido la documentación presentada considera que la Partida de Nacimiento adolece del siguiente error: en cuanto al nombre de la madre de la solicitante; es decir, se omitió su primer nombre siendo lo correcto “MARIA ROSABEL MENDOZA” y no como erróneamente aparece “ROSABEL MENDOZA”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia, ofíciese al Registro Civil del Municipio San Cristóbal y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento Nº 350, de fecha 26 de marzo de 1952, perteneciente a la ciudadana PIEDAD CECILIA DUEÑEZ MENDOZA. Expídase las copias certificadas de ley.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA

En la misma fecha se le dio entrada y se inventarió, bajo el N° 33.305.-


IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA