REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 2101-04

ACTO CONCILIATORIO POR REVISION (AUMENTO) DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

DEMANDANTE: CARMEN HAYDDE QUINTERO MANRIQUE.

DEMANDADO: JESUS ALBERTO CASTELLAN0S JIMENEZ.

En el día de hoy, catorce (14) de mayo de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 AM.) presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos CARMEN HAYDEE QUINTERO MANRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº 4.829.912 y JESUS ALBERTO CASTELLANOS JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.233.927, con la finalidad de efectuar acto conciliatorio, por revisión (aumento )de la obligación de manutención a favor del niño JHONALBERT ANTONIO CASTELLANOS SALINAS. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JESUS ALBERTO CASTELLANOS JIMENEZ, quien manifestó: “Que ofrezco como obligación de manutención la cantidad de doscientos bolívares fuertes (Bs. 200ºº) y cuotas extraordinarias de los meses de agosto y diciembre por la cantidad de cuatrocientos bolívares fuertes (Bs. 400ºº) fuera de la pensión mensual, así mismo ,me comprometa a tramitar la afiliación de mi hijo en Bienestar Social, a los fines de que le sea otorgada las unidades tributarias que le otorga el Estado para mi hijo, así mismo a inscribirlo en el Seguro respectivo para la atención medico-asistencial. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana CARMEN HAYDEE QUINTERO MANRIQUE, quien manifestó:” Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre del niño JHONALBERT ANTONIO CASTELLANOS SALINAS, así mismo a cubrir los gastos de medicinas”. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda librar comunicación al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, a los fines de que se realicen los descuentos respectivos. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente revisión (aumento) comenzara a regir a partir del 01 de junio de 2008. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JESUS ALBERTO CASTELLANOS JIMENEZ

CARMEN HAYDEE QUINTERO MANRIQUE
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ