REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
De acuerdo a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley NIEGA la revisión de la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por la Abg. MERCEDES ADRIAN, en su carácter de defensora pública penal del ciudadano CLERIS JAVIER AQUINO, por cuanto persisten en el tiempo la inmutabilidad de las circunstancias que en un principio originaron la imposición de la medida privativa de libertad.-
Publíquese, Regístrese, Diaricese, notifíquese a las partes y líbrese la correspondiente boleta de traslado a los fines de imponer al imputado de la decisión emitida.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. IDANIA MELENDEZ FIGUEREDO.
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA
ABG. ANGELICA VELASQUEZ
Causa N°: 4C-4668-07