REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES


Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley NIEGA la revisión de la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, solicitada por la Abg. MARITZA MATERAN PÉREZ, en su carácter de defensora pública penal del ciudadano LUIS BAUTISTA OJEDA PALMA; no obstante nuestro Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 264 prevé que el imputado podrá solicitar la revocación o sustitución de la medida judicial de privación de libertad las veces que considere pertinente; debiendo el Juzgador examinar la necesidad de mantener la medida o sustituir por otra menos gravosa.

LA JUEZ

Abg. IDANIA BEATRIZ MELENDEZ FIGUEREDO


Exp. 4C-4778-07
IBMF/kx.-