REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N º 1 E 455-06
JOVEN: IDENTIDAD OMITIDA.
FISCAL 18º DEL MINISTERIO PÚBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.
DEFENSOR: DR. CIPRIANO CHIVICO.
VICTIMA: PAREDES FREDY
DELITO: ROBO GENERICO.
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado a la joven IDENTIDAD OMITIDA, Procede este Juzgado a la revisión de la medida de libertad Asistida E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS que en fecha 14 de Marzo del año dos mil seis (2006) impusiera este El Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
Ahora bien por cuanto en fecha 23 de mayo del corriente se cumpliría en su totalidad el lapso de cumplimiento de la medida arriba indicadas y visto el auto del computo de fecha 23 de mayo del 2006 que corre inserta a las presentes se evidencia la casi totalidad del cumplimiento de la sanción de libertad asistida e imposición de reglas de conductas observa este Juzgador:
Que según se evidencia del informe evolutivo presentado por el Centro de Libertad Asistida del Municipio Plaza que el joven IDENTIDAD OMITIDA, se encuentra realizando cursos en la policía del Municipio Plaza y recibe protección del Gobierno Municipal, el joven asiste a las citas pautadas, labora en las distintas dependencias de esta Alcaldía como Guardia Patrimonial en fin cumplió satisfactoriamente su medida y esta totalmente reinserto en la sociedad. Por cuanto en la fecha arriba indicada se cumpliría en su totalidad el lapso para el cumplimiento de la medida impuesta, que las medidas tienen un fin eminentemente educativo, que la Joven a cumplido a cabalidad con su sanción y de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS. ASÍ SE DECLARA.-
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS prevista en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al Joven IDENTIDAD OMITIDA. Anteriormente identificada y acuerda Su LIBERTAD PLENA. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, a los 19 días del mes de mayo del año dos mil ocho (2.008). Año 198° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
DRA. ARELIS GONZALEZ
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
DRA. ARELIS GONZALEZ
Causa. 1E-455-06
RAUA/AG.