REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II


Guatire, 19 de mayo de 2008
198º y 148º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana MARISOL VELEZ PRIN, quien falleció ab intestato en la Carretera Nacional de la Costa, en fecha 20/01/2008, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda, acta Nº 02 de fecha 23/01/2008, y quien era titular de la cédula de identidad Nº 11.481.949, a sus menores hijos, (IDENTIDAD OMITIDA), nacida en el Centro Medico Rembrandt de Guarenas, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 167, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, de fecha 14/04/1997, y (IDENTIDAD OMITIDA), nacido en el Centro Clínico Rojas Espinal de Guatire, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 483, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, de fecha 23/10/2006. Devuélvase todo original.
El Juez Abg. Helio Antonio Requena Bandres
El (A) Secretario (A)


HARB/LAV/Jesús Díaz
EXP: S-08/7272 Título de únicos y universales herederos.