TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, siete (07) de noviembre del dos mil ocho (2008)

198º y 149º

Por recibidas testimoniales procedentes del Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, evacuadas en fecha ocho (08) de octubre del año en curso, désele entrada en el libro de solicitudes bajo el N° S-3141, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana LORENZA DEL VALLE GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.009.513. Sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.). Ubicadas en el sector 3, prolongación Los Rosales, Quebrada de Cúa, Cúa, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el abogado en ejercicio CARLOS NUÑEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.099. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal. Cúmplase.-



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI


EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-




EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCIA



AO/windy
Solicitud N° S-3141