REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
San Cristóbal, 18 de Noviembre de 2008
197° y 148°
CAUSA PENAL E2- C-0056-08
DECISION JUDICIAL QUE ACUERDA EL PERMISO PARA SALIR DE LA JURISDICCION AL PENADO ROJAS JOSE DAVID
Vista la solicitud de permiso realizada por El Director del Centro de Tratamiento Dr. Juan Tovar Guedez Licenciado Pablo Emilio Galviz, mediante el cual solicita permiso para ausentarse de la jurisdicción el penado ROJAS JOSE DAVID, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 19.158.838, residenciado en San José de Cacahual, manzana Nro 34,casa S/N a dos cuadras del Liceo José Félix Blanco Estado Bolívar a quien se le sigue la presente causa por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, y se encuentra bajo el control y vigilancia de este Tribunal, siendo su Tribunal de origen el Tribunal Tercero de ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, “con la finalidad de trasladarse hasta el Estado Bolívar, específicamente a la ciudad de San Félix, con la finalidad de buscar documentos que le hacen falta para completar requisitos exigidos por la Universidad Bolivariana de Venezuela, para formalizar la inscripción para cursar la carrera de Derechos”; y que al respecto el equipo técnico encargado de la supervisión y orientación del caso considera procedente el otorgamiento del referido permiso. Este Tribunal para decidir sobre la petición observa:
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Que el penado JOSE DAVID ROJAS, actualmente se encuentra disfrutando del beneficio de Régimen Abierto, otorgado por su Tribunal de origen Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, y le fue asignado para cumplirlo el Régimen el Centro de Tratamiento comunitario Dr. Juan Tovar Guedez, siendo designado este Tribunal como control y vigilancia, esta Juzgadora una vez leída la solicitud realizada por El Director del Centro de Tratamiento Dr. Juan Tovar Guedez Licenciado Pablo Emilio Galviz, según oficio Nro 2318 de fecha 13 de noviembre 2008, en la que manifiesta al Tribunal que el Equipo Técnico considera procedente tal solicitud, declarar con lugar la petición de permiso especial para salir de la jurisdicción del Estado Táchira AL penado ROJAS JOSE DAVID, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 19.158.838, residenciado en San José de Cacahual, manzana Nro 34,casa S/N a dos cuadras del Liceo José Félix Blanco Estado Bolívar, a los fines de trasladarse hasta el Estado Bolívar, específicamente a la ciudad de San Félix, a buscar documentos que le hacen falta para completar requisitos exigidos por la Universidad Bolivariana de Venezuela, para formalizar la inscripción para cursar la carrera de Derechos”, por el lapso de ocho (08) días, debiendo retornar a sus pernoctas al Centro de Tratamiento Comunitario Dr Juan Tovar Guedez . Y así se decide.
DECISION
Por lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: Autoriza a ROJAS JOSE DAVID, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 19.158.838, residenciado en San José de Cacahual, manzana Nro 34,casa S/N a dos cuadras del Liceo José Félix Blanco Estado Bolívar, a los fines de trasladarse hasta el Estado Bolívar, específicamente a la ciudad de San Félix, a buscar documentos que le hacen falta para completar requisitos exigidos por la Universidad Bolivariana de Venezuela, para formalizar la inscripción para cursar la carrera de Derechos”, por el lapso de ocho (08) días, debiendo retornar a sus pernoctas al Centro de Tratamiento Comunitario Dr Juan Tovar Guedez.
Notifíquese de la presente decisión, al penado, a la Fiscal del Ministerio Público y Líbrese Oficio con copia de la decisión al Centro de Tratamiento comunitario Dr. Juan Tovar Guedez .
ABG. IRIS C. CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. MARIA TERESA RAMPALY
SECRETARIA