REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
Guarenas, 03 de noviembre de 2008.
Años 198° y 149°
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha (03-11-08) por la abogada en ejercicio NEYRA VANESA MEZA SERRA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente INGENIERÍA M.A., C.A., que riela al folio 20 del presente expediente, en la cual desiste del recurso de apelación interpuesto contra el acta de audiencia preliminar levantada en fecha 22 de julio de 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: HOMOLOGAR dicho desistimiento en los términos expuestos. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha 22 de julio de 2008, en la cual se ordenó la remisión del expediente al Tribunal de Juicio respectivo, dada la incomparecencia de la parte demandada a la prolongación de la audiencia preliminar; todo ello en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue el ciudadano VÍCTOR MANUEL VÁSQUEZ RIVAS contra INGENIERÍA M.A., C.A. Así se decide.
Se ordena la publicación del presente fallo en la página Web de la Región del Estado Miranda del Tribunal Supremo de Justicia y se acuerda dejar copia certificada de esta decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal. Regístrese y remítase el presente asunto al Tribunal de la causa una vez vencidos los lapsos de ley a los fines que continúe con la tramitación respectiva. CÚMPLASE.
LA JUEZA
Dra. MILAGROS HERNÁNDEZ CABELLO.
LA SECRETARIA
Abog. FABIOLA GÓMEZ
Expediente N° 099-08.
MHC/FG/jb.
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