REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES
Vista la solicitud de amparo constitucional propuesta por la ciudadana Addy Millán asistda por la abogada Maria irene Loecho, se admite dicha solicitud para su trámite, sin perjuicio de examinr al momento de dictar sentencia definitiva, ordenandose librar boleta de notificación al Juez titular o a cargo del Juzgado Tercero de Primera Instancia, para que ejerza su derecho ala defensa y para conocer el dia en que se celebrará la audiencia oral y pública. Se ordenó oficar conforme al artículo 15 de la Ley Orgáncia de Amparo Sobre Derechos y Garantias constitucionales, al fiscal superior del Ministerio Público, participándole la apertura del procedimiento. igualmente se ordenó notificar a todos aquellos que internivieron en el proceso que dio origen al amparo a tal efecto se libraron las respectivas boletas.