REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, dieciséis (16) de octubre de 2008, siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral en la causa incoada por el ciudadano USECHE SANCHEZ ELEAZAR, titular de la cedula de identidad número N°6.841.951 contra la empresa ASOCIACION CIVIL UNION CIRCUNVALACION LOS TEQUES A.C. Y OTROS, en el expediente signado con el número 1417-08, (Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por los ciudadanos RAUL ANTONIO GONCALVEZ y JOSE DIONISO QUINTERO CARRILLO en su carácter de presidentes de la empresa demandada ASOCIACION CIVIL UNION CIRCUNVALACION LOS A.C. debidamente asistido por el abogado PEDRO JOEL DE JESUS RONDON inscrito en el INPREABOGADO numero 71.026, contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia del ciudadano USECHE SANCHEZ ELEAZAR titular de la cedula de identidad numero 6.841.951 en su carácter de parte actora, la abogada NEYLEN ALEXANDRA MEZA PEÑALOZA inscrito en el INPREABOGADO numero 111.472 en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante igualmente hicieron acto de presencia los ciudadanos JOSE DIONISIO QUINTERO CARRILLO y GONCALVEZ ADRIAN RAUL ANTONIO titular de la cedula de identidad 3.062.855 y 10. 284.403 en su carácter de representante legal de la empresa demandada y apelante debidamente asistidos por el abogado PEDRO JOEL DE JESUS RONDON inscrito en el INPREABOGADO numero 71.026 en su carácter de abogado asistente de la parte demandada y apelante. Se deja expresa constancia de la grabación y filmación del dictamen de la sentencia la cual constituye parte integrante del expediente. Seguidamente hace acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, a los fines de dictar sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por los ciudadanos RAUL ANTONIO GONCALVEZ y JOSE DIONISO QUINTERO CARRILLO titular de la cedula de identidad numero 10.284.403 y 3.062.855 en su carácter de presidentes de la empresa demandada ASOCIACION CIVIL UNION CIRCUNVALACION LOS TEQUES A.C. debidamente asistido por el abogado PEDRO JOEL DE JESUS RONDON inscrito en el INPREABOGADO numero 71.026, contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria de presunción de admisión de los hechos ante la incomparecencia de los demandados al inicio de la Audiencia Preliminar al no haberse justificado dicha incomparecencia , ante esta alzada debe forzosamente declarar con lugar las pretensiones contenidas en el libelo de la demanda incoada por el ciudadano USECHE SANCHEZ ELEAZAR, titular de la cedula de identidad número N°6.841.951 contra el ciudadano JOSE DIONISO QUINTERO CARRILLO titular de la cedula de identidad numero 3.062.855 y la ASOCIACION CIVIL UNION CIRCUNVALACION LOS A.C. Y OTROS.TERCERO: Se confirma la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2008, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, sometiéndose a una revisión de los cálculos de los derechos y pretensiones condenados.CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida en la audiencia de apelación.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques el día dieciséis (16) de octubre del año 2008, años 197° de la Independencia y 149° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-




ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR




EL ACTOR




ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA








APODERADA JUDICIAL PARTE DEMANDANTE






REPRESENTANTES LEGAL DE LA EMPRESA DEMANDADA APELANTE







ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA




EXP. 1417-08
AHG/ICT.