REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN GUARENAS
198º y 149º
En horas de Despacho del día de hoy, siete (07) de octubre de dos mil ocho (2008), siendo las 11:30 A.M.; día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, que incoara el ciudadano, LUIS ALBENIS ARMAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.827.018, parte demandante contra “INVERSIONES REVISPRES C.A.”., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, bajo el n° 30, Tomo 93-A, en fecha 24-03-1994. por la demandada comparece el abogado PEDRO VICENTE RAMOS RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.913.745, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.602, en su carácter de apoderado Judicial, según poder que consigna en este acto constante de siete (07) folios útiles para ser agregados a los autos y surtan sus efectos legales. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Es todo. Terminó siendo las 11:35 a.m., se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-
LA SECRETARIA
Expediente N° 2741-08
CVCT/FG.
|