REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN RIO CHICO.

RIO CHICO, 14 DE OCTUBRE DE 2.008
198º Y 149º


Visto que he sido designada como JUEZ TEMPORAL por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha 21 de julio de 2008 y juramentada en fecha 05 de agosto de 2008 por ante la Rectoría de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda por la Dra. Marina Ojeda Briceño, por cuanto el ciudadano EMERSON LUIS MORO PEREZ Juez Titular de este juzgado, hará uso de sus vacaciones legales correspondientes al año 2006-2007. En consecuencia me AVOCO al conocimiento de la presente causa y por ende se acuerda lo siguiente: ----------------------------------------

Una vez visto y analizado acta levantada en fecha 19-02-2008, la cual reposa en el folio Nº 01, de la presente solicitud de JUSTICIA ALTERNATIVA signada con el Nº 2008-12, nomenclatura de este Juzgado, en donde el ciudadano GIUSEPPE MUZZONE, solicita sea citado el ciudadana MIGUEL FERNANDEZ, por motivo de incumplimiento de trabajo de carpintería. -----------------------

En fecha 20-02-2008, se admite y se acuerda librar boleta de citación a nombre del ciudadano MIGUEL FERNANDEZ. -------------------------------------------------------------------------------------------

Se pudo observar que en fecha 22-02-2008, se levanto acta de convenimiento, en la cual consta el acuerdo firmado entre las partes. ----------------------------- ----------------------------------------------------

Una vez visto que desde la fecha 22-02-2008 hasta hoy 14-10-2008, han transcurrido siete (07) meses y veintiún (21) días, tiempo en el cual no ha habido actuación alguna realizada por las partes para impulsar el procedimiento. En consecuencia este Juzgado da por terminada la presente causa de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. ------------------------------------------




Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaria.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008). Años. 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZ TEMPORAL,


MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE



LA SECRETARIA TEMPORAL,


ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ























MAPB/zcmd/nm.
Solicitud Nº 2.008/12