REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
CON SEDE EN RIO CHICO.
RIO CHICO, 24 DE OCTUBRE DE 2.008
198º Y 149º
Una vez visto y analizada la solicitud de JUSTICIA ALTERNATIVA (Fs.1 y 2), presentada por el ciudadano: GIL ANTONIO RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.229.146, debidamente asistido por el abogado JOSE ANGEL MARTINEZ CARREÑO, Inpreabogado Nº 101.557 en contra de la ciudadana: OMAIRA LANDAEZ, recibida y admitida en fecha 13-07-2006 por este Juzgado dándosele entrada en el libro respectivo bajo el Nº 2006-129, librándose la correspondiente boleta de citación a dicha ciudadana para el tercer día de despacho, a las 10:00 a.m. (Fs. 3 y 4). En fecha 21 de julio de 2006, comparece el Alguacil temporal, ciudadano WILLIAM BRICEÑO ECHEVERIA, quien consigna en dos (2) folios útiles boletas de citación a nombre de la ciudadana Omaira Landaez, ya que la misma se negó a darse por citada. (Fs. Del 5 al 7). -----------------------------------------------------------------------------
Ahora bien, habiendo transcurrido dos (02) año, tres (03) meses y nueve (09) días desde que el solicitante compareció por ante este Juzgado, tiempo en el cual no ha habido actuación alguna realizada por la parte interesada para impulsar el procedimiento. Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL CON SEDE EN RIO CHICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la perención de la instancia en la presente causa de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-----------------------------------------------------------------------------------------
Archívese el presente expediente y en su debida oportunidad, remítase al archivo judicial.-
Publíquese, regístrese y déjese copia previamente certificada por secretaria. -----------------
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008). Años. 198° de la Independencia y 149° de la Federación.------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ,
EMERSON LUIS MORO PEREZ.
LA SECRETARIA,
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
ELMP/mapb/ev
Solicitud Nº 2.006-129.-