JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diez de octubre de dos mil ocho.-
198º y 149º
Recibido por Distribución constante todo de (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por la abogada GLORIA AURORA DUARTE de CASTIBLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.588.778, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 58.631, domiciliada en San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar y civilmente hábil, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana MARY ELIZABETH VIVAS GOMEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.326.611, con el mismo domicilio y civilmente hábil, representación que consta en Instrumento Poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, quedando anotado bajo el N° 25, Tomo 183, de fecha 30 de septiembre de 2.008; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la abogada GLORIA AURORA DUARTE de CASTIBLANCO, ya identificada, y revisada como ha sido la documentación presentada considera que la Partida de Nacimiento de su representada, adolece del siguiente error: en cuanto al nombre del padre al ser identificado como “ATILIO”, siendo lo correcto “TILIO” sin la ”A”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia, ofíciese al Registro Civil del Municipio Bolívar y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal a la Partida de Nacimiento Nº 645, de fecha 28 de Julio de 1961, inserta por ante la Primera Autoridad Civil del entonces Municipio San Antonio, Distrito Bolívar del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana MARY ELIZABETH VIVAS GOMEZ. Expídase las copias certificadas de ley.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA
En la misma fecha se inventarió, bajo el N° 33. 569. -
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
SECRETARIA
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