JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, primero de Octubre de dos mil ocho.-
198º y 149º
Recibido por Distribución constante todo de cinco (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser el pedimento formulado por el ciudadano TOMMY JOSE MATA UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.073.674, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por la Abogada Adriana Bermúdez Briceño, inscrita en el IPSA bajo el Nº 38.717, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de unos simples errores materiales y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano TOMMY JOSE MATA UZCATEGUI, ya identificado y revisada como ha sido la documentación presentada considera que: PRIMERO: Se omitió el segundo nombre del contrayente, mencionándose solo TOMMY MATA UZCATEQUI, y asimismo e intercambiando una de las letras del segundo apellido UZCATEGUI, es decir la “Q” por la “G”; transcribiéndose en consecuencia “TOMMY MATA UZCATEQUI”, siendo lo correcto “TOMMY JOSE MATA UZCATEGUI”; SEGUNDO: Aparece incorrectamente escrito los apellidos de la contrayente mencionándose “NAIROVY DEL VALLE IZAQUIRRE IZAQUIRRE”, siendo lo correcto “NAIROVY DEL VALLE IZAGUIRRE IZAGUIRRE”, es decir la “G” en lugar de “Q”. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese al Registro Civil correspondiente y al Registro Principal del Estado Vargas, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio Nº 28 de fecha 24 de Mayo de 2001, inserta por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del Estado Vargas, perteneciente a los ciudadanos TOMMY JOSE MATA UZCATEGUI y NAIROVY DEL VALLE IZAGUIRRE IZAGUIRRE. Expídase las copias certificadas.
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
Elena
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