JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 06 de octubre de 2008.
198º y 149º
Visto el contenido del acta de fecha 01 de octubre de 2008, suscrita por los ciudadanos: YANINE CARDENAS SAYAGO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 12.230.757, y JOSÉ FRANCISCO DE SOUSA ORFAO, portugués, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.687.729; mediante la cual, la solicitante manifiesta su intención de DESISTIR de la presente causa; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la parte solicitante de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación de Manutención). Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. En cuanto al levantamiento de la medida de prohibición de enajenar y gravar, se providenciará lo conducente en el respectivo cuaderno de medidas. Librese Boleta.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Temporal,
ABG. LUZ ADRIANA VIVAS VÉLEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 1:30 P.M, quedó registrado bajo el N° 201, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación.
Abg. LUZ ADRIANA VIVAS VÉLEZ
Secretaria Temporal
Exp. Nº 1577-2008
lavv.-
Va sin enmienda.
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