En el día de hoy, jueves treinta de octubre de dos mil ocho, siendo las 11:05 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante ciudadano: BLANCA FLOR MORANTES CARRILLO, titular de la C.I. N° V-5.680.505 asistida la abogado en ejercicio ADELA M. DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.884, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° T-29, ubicada en la calle Táchira, Sector Barrancas Parte Alta, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la media de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre un vehículo propiedad del demandado RAFAEL SÁNCHEZ, cuyas características son: clase automóvil, tipo sedan, modelo del Rey, marca Ford, año 1.984, color blanco, plata y rojo, serial motor V-4, serial carrocería LJ8KEE34399, PLACA KCM-525, medida ésta decretada en el JUICIO que por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA se sigue en el expediente N° 3390-2005 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial cabo 2° FÉLIX MARÍA RAMÍREZ, placa 1440. Se encuentra presente la ciudadana: ISELY KARELYS CASTILLO CARVAJAL, titular de la C.I. N° V-21.419.738, quien manifestó ser inquilina del inmueble donde se encuentra estacionado el vehículo objeto de la presente medida, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con el demandado de autos o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano: León Alfonso Silva Cárdenas, titular de la C.I. N° V-5.653.667, y como Depositario Judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-1.555.677, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaría Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 06-03-2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza, de inmediato este Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado, a los fines de que rinda su informe, quien expuso: “El inmueble antes descrito se encuentra en las siguientes condiciones: latonería, pintura y tapicería en mal estado de conservación, posee: cuatro cauchos en regular estado de conservación, batería, marca titán, serial 251161, dos espejos retrovisores externos y uso interno, y dos cornetas marca pioneer, la puerta lateral del chofer no posee vidrio, además, no posee parachoques trasero, focos delanteros y los stop traseros están partidos y antena; en relación a las características del vehículo antes descritas las mismas corresponden al mismo a excepción del color, ya que dicho vehículo es de color blanco en su totalidad, además el mismo se encuentra en general en mal estado de conservación, lo avaluó prudencialmente en la suma de Cuatro Mil Bolívares, (Bs. 4.000,00), dejando constancia que se desconoce su funcionamiento mecánico y posibles daños ocultos que pueda presentar el mismo, es todo.” En este estado siendo las 12:00 meridium se hizo presente el ciudadano RAFAEL SÁNCHEZ, titular de la C.I. N° V-5.687.769 en su carácter de demandado, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente , el Tribunal declara Embargado Ejecutivamente el vehiculo antes descrito y en consecuencia se declara la DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 12:40 p. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE DEMANDANTE,
BLANCA FLOR MORANTES CARRILLO
LA ABOGADA ASISTENTE,
ADELA M. DELGADO H.
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CABO 2° FELIX MARIA RAMIREZ
LA NOTIFICADA,
(SE NEGO A FIRMAR)
ISLEY KARELIS CASTILLO CARVAJAL
EL PERITO AVALUADOR,
LEON ALFONSO SILVA CÁRDENAS
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
CARLOS ARTURO SANCHEZ
EL DEMANDADO Y NOTIFICADO,
(SE NEGO A FIRMAR)
RAFAEL SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
|