REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR, la solicitud interpuesta por la ABG. ELENA LUIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano BATISTA FERRER EDUARDO ANTONIO, Nacionalidad Venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, de 30 años de edad, estado civil soltero, grado de instrucción 1er año aprobado, profesión u oficio obrero, residenciado en Las Tejerías, Barrio el Beisbol, sector El Plan, segunda Calle, primera casa de bloques, Estado Aragua, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 13.910.994 y a tal efecto ACUERDA EXTENDERLE LA OBLIGACION DE PRESENTARSE ANTE LA SEDE DE ESTE DESPACHO, DE QUINCE (15) DIAS A CADA TRES (03) MESES, durante el tiempo que dure la cura y desintoxicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 72, 86 ambos de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.-
Regístrese, publíquese y notifíquese al penado la presente decisión.
LA JUEZ


JACQUELINE TARAZONA VELASQUEZ
LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA VIRLA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado se libraron las correspondientes Boletas de Notificaciones al Fiscal Primero del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a la Defensora Pública Penal WILMAN ANTONIO MORALES y al ciudadano BATISTA FERRER EDUARDO ANTONIO, a la victima RACINE EUGENIO, y así mismo oficiar al Centro Fundación Civil Hombres Renovados, Centro de Rehabilitación Jóvenes Adultos en Situación de Calle, Indigencia y Pobreza Extrema, ubicado en Mariara, Estado Carabobo, con el objeto de informarle del pronunciamiento emitido por este Juzgado.
LA SECRETARIA


VALENTINA ZABALA VIRLA

EXP. NRO. 1M-925-05
JJTV/VZV/cf.*