REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 14 de Octubre de 2008
197° y 149°
CAUSA: 4E1221/99
JUEZ: DRA. NANCY MARINA BASTIDAS, Juez de Primera Instancia en Lo Penal en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO DELGADO, adscrito al Pool de Secretario de este Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques
, Titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.737.701, de nacionalidad colombiana, nacida en Río Frio, Magdalena, soltera, de oficios del hogar, residenciada en el Sector La Matica, vuelta larga, casa s/n, Los Teques, Estado Miranda.
adscrita a la Unidad de Defensoría Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
FISCAL: DRA. JENNY GONZALEZ,/ DEFENSA: DRA. JUDITH MÉNDEZ,/ PENADA: MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES Fiscal Décimo del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Vista el escrito inserto al folio tres (03) de la presente pieza, mediante el cual la penada MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, Titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.737.701, solicita se estudie la posibilidad de extender el régimen de presentaciones que viene realizando por este Tribunal cada ocho (08) días, a cada treinta (30) días, por motivos de salud; este Tribunal para decidir observa:
La penada fue condenada en fecha 25/09/2006, por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, por encontrarla responsable en la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes, así como al cumplimiento de las penas accesorias contempladas en el artículo 13 ejusdem.
En fecha 12/03/2008 este Tribunal otorgó a la penada MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, EL CONFINAMIENTO, el cual concluirá en fecha 24-03-2010, de conformidad con los artículos 20, 52 y 53 del Código Penal; imponiéndole la obligación de presentarse por ante este Tribunal cada ocho (08) días, presentación que ha venido cumpliendo ha cabalidad, según se desprende del libro de presentaciones llevados por este Juzgado y la certificación que emitiera el Secretario, la cual cursa al folio 6 de la séptima pieza del expediente.
Ahora Bien, cursa en las actuaciones certificaciones médicas, donde se establece que la ciudadana MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, fue operada de las rodillas por presentar gomatosis y quedando sometida a rehabilitación, intervención de la cual no se ha recuperado totalmente, al igual que padece de hipertensión arterial.
, en tal sentido el referido ciudadano deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada TREINTA (30) DÍAS, específicamente los días miércoles. Y ASÍ SE DECIDE.
Por tales razones, con fundamento al respecto de los derechos humanos, previstos en acuerdos internacionales suscritos por nuestro país y que se encuentra establecido en nuestra constitución, como el Derecho a la Salud, previsto en el artículo 83 y que se tiene como derecho fundamental. Y por cuanto la solicitante padece de un trastorno en su salud, verificable en las actuaciones que conforman el expediente, este Tribunal considera pertinente declarar con lugar la solicitud, a fin de que la misma realice las actividades propias de su recuperación, lo cual deberá notificar al Tribunal a través de informes médicos cada tres (03) meses. Igualmente la penada deberá presentarse ante este Tribunal cada treinta (30) días y firmar el libro respectivo.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, que fue impuesto a la penada MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, Titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.737.701, en tal sentido la referida ciudadana deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada TREINTA (30) DÍAS, específicamente los días miércoles. Así mismo se ordena estampar, por tanto, nota secretarial correspondiente indicativa de la presente decisión en el folio ciento doce (112) del Libro de presentaciones a fin de continuar la penada MARGOTH DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, Titular de la Cédula de Identidad Nro. E-81.737.701, sus presentaciones en los nuevos términos precisados
Diaricese, Publíquese, Notifíquese a las partes, y cítese al penado. CUMPLASE.
LA JUEZA DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN
DRA. NANCY MARINA BASTIDAS
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO DELGADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO DELGADO
Cuasa: 4E1221/99
NMB/