REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES


Visto el escrito presentado por la Dra. BARBARA GABRIELA CESAR, en su condición de defensor pública de los adolescentes IDENTIFICACIÓN OMITIDA, este Juzgado observa:
Que en fecha 28 DE SEPTIEMBRE del presente año, este Juzgado impuso medida contenida en el literal “G” a los adolescente que hoy nos ocupan, consistente en medida de FIANZA en la cual se requirió la presentación por parte de cada uno de ellos de DOS (02) fiadores cuyos ingresos fueran iguales o superiores a OCHENTA (80) unidades Tributaria.
En fecha tres (3) de octubre del presente año, el defensor público consignó recaudos relativos a Los potenciales fiadores de cada uno de los adolescentes imputados, de los cuales analizando los recaudos consignados en cuanto a las constancias de trabajo de los seis (6), identificados como RIGOBERTA SOJO, NANCY HERRERA D BOLIVAR, JOSE L. GRATEROL, FRANCISCO JOSE ARTEAGA ALMEIDA Y ANDRES ELOY FERNANDEZ ACOSTA, Y EVARISTO PONCE HERNANDEZ, se evidencia que las constancias arrojan el sueldo mínimo exigido por este despacho, para garantizar la solvencia económica que respaldara las oblaciones que asumirían en caso de constituirse la fianza.
Es este sentido; siendo necesario la verificación y conformidad de dichos documentos se ordena remitir copia de dichos documentos a la Coordinación del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fine de que verifiquen la certeza de las constancias de trabajo respectivas. Cúmplase.

LA JUEZ DE CONTROL NO. 1
DRA MARCY SOSA RAUSSEO

EL SECRETARIO,

ABG. YULIDA RIOS MARIN
Exp 1C-1544-08
MSR/