REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 15 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : MK21-P-2003-000009
ASUNTO : MK21-P-2003-000009


Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal a los fines de otorgar la libertad plena del penado GARCIA CABRERA AURIA JOSEFINA, titular de la cédula de identidad N° V-14.019.724, previamente observa lo siguiente:

I

En fecha 05 de Noviembre de 2007, este Tribunal dictó decisión mediante la cual decretó cumplida la pena principal impuesta a la ciudadana GARCIA CABRERA AURIA JOSEFINA, titular de la cédula de identidad N° V-14.019.724, la cual finalizaba 04 de Octubre de 2007, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas. la cual finalizaba 04 de Octubre de 2007, Asimismo quedó pendiente el cumplimiento de las penas accesorias de la Sujeción a la Vigilancia de la autoridad civil, por una quinta parte del tiempo de la condena, desde que esta termine, es decir Un año.

II

Por consiguiente al haber cumplido en su totalidad la pena impuesta se acuerda OTORGAR LA LIBERTAD PLENA a la penada GARCIA CABRERA AURIA JOSEFINA, titular de la cédula de identidad N° V-14.019.724, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal; y como consecuencia de ello se ordena oficiar al Jefe del Sistema Integrado de Información Policial (S.I.I.P.O.L.) del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Interior y Justicia; al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales, Dirección de Vigilancia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia; todo con la finalidad que sea excluido de cualquier solicitud policial que pudiera presentar la prenombraa ciudadana con referencia, únicamente a esta causa. Remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Archivos Judiciales, a los fines de su archivo definitivo. ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA:

Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Primero en Función de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD PLENA a la ciudadana GARCIA CABRERA AURIA JOSEFINA, titular de la cédula de identidad N° V-14.019.724, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal; y como consecuencia de ello se ordena oficiar al Jefe del Sistema Integrado de Información Policial (S.I.I.P.O.L.) del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Interior y Justicia; al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales, Dirección de Vigilancia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia; todo con la finalidad que sea excluido de cualquier solicitud policial que pudiera presentar la prenombraa ciudadana con referencia, únicamente a esta causa. Remítanse las presentes actuaciones a la Oficina de Archivos Judiciales, a los fines de su archivo definitivo.
Publíquese, Regístrese, Líbrense los correspondientes oficios, Notifíquese y cúmplase con las demás formalidades de Ley. Remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales a los fines de su archivo definitivo.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON


LA SECRETARIA


ABG. JENNIFER NUÑEZ

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.-

LA SECRETARIA


ABG. JENNIFER NUÑEZ

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION


DRA. NELIDA ACOSTA