REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

Se declara procedente la solicitud de la medida cautelar solicitada por la ciudadana: Zuleyma mendez Solorzano, en su caracter de vicepresidente de la Soc. merc. Taller S.H. Méndez, C.A. acordándose la medida cautelar innominadada solicitada, y en consecuencia se ordena hasta tanto se dicte decisión en la presente acción de amparo, suspender los efectos de la decisión dictada el 28-04-08, por el Juzgado Tercero de primera INstnacia, ordenándose expedir oficio al Juzgado de los Municipios INdependencia y Simón Bolívar a a quien corresponde la ejecución del fallo accionado, participándole la medida cautelar decretada, se libro oficio 388