REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, veinticuatro (24) de septiembre de 2008, siendo las nueve y media de la mañana (9:30 a.m.) oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral en la causa incoada por el ciudadano ALBERTO RAFAEL GAINZA, titular de la cedula de identidad número N° 12.282.195 contra la empresa ASOCIACION COOPERATIVA TRANSPORTE CACIQUE DE LOS SALIAS, R.L., en el expediente signado con el número 1379/08, (Nomenclatura de este Tribunal), por apelación interpuesta por la abogada LOIDA GARCIA inscrita en el INPREABOGADO numero 22.588, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 05 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, dejándose constancia de la comparecencia de la abogada LOIDA GARCIA inscrita en el INPREABOGADO numero 22.588, apoderado judicial de la parte demandada apelante igualmente se encuentra presente el ciudadano ALBERTO RAFAEL GAINZA titular de la cedula de identidad 12.282.195 en su carácter de de parte actora y los abogados MILENA MARIELA PEREZ RUEZ y ARNELL QUIJADA CORASPE inscrito en el INPREABOGADO numero 82.043 y 77.611 en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, y tal como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra a la partes presente quien expusieron sus fundamentos quedando reproducido en el material audiovisual. Acto seguido el ciudadano Juez, anuncio que haría uso de los sesenta (60) minutos indicados en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de analizar el presente juicio indicándole a la parte que debe permanecer en la Sala de Audiencias hasta tanto retorne a dictar el dispositivo del fallo, retirándose de la sala, siendo nueve y cincuenta de la mañana (9:50 a.m.).- Estando en el lapso indicado en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, siendo las diez y veinte de la mañana (10:20a.m.) regresa a la Sala de Audiencias a los fines de dictar sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogada LOIDA GARCIA inscrita en el INPREABOGADO numero 22.588, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la aclaratoria de fecha 05 de mayo de 2008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Se declara ajustada a derecho la aclaratoria de la sentencia de fecha 25 de abril de 20008, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: Se condena en costa a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en la audiencia de apelación.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques el día veinticuatro (24) de septiembre del año 2008, años 197° de la Independencia y 149° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR





ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA






EL ACTOR










APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE


















APODERADA JUDIDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA APELANTE




EXP. 1379-08
AHG/ICT.