REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CON SEDE EN GUARENAS
Años 198° y 149°

EXPEDIENTE N°: 2796-08

En horas de Despacho del día de hoy, veinticinco (25) de septiembre de dos mil ocho (2008), siendo las 9:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento por COBRO POR PRESTACIONES SOCIALES, seguido por el ciudadano JESÚS ALVAREZ AROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.480.271 y de este domicilio. Anunciado dicho acto a las puertas de este Despacho se encontraba presente la parte demandada en la persona de su apoderado judicial el ciudadano ÁNGEL RAMÓN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.946.121 e inscrito en el inpreabogado bajo el No. 84.423 y de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada la empresa “BAR RESTAURANT TOY SAN”, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 28-03-80, bajo el No. 32, Tomo 7-B Pro., acreditación que consta en documento Poder que consigna en este acto ad-efectum videndi, cuya fotocopia se anexa al expediente, para que surta sus efectos legales. Seguidamente, se deja constancia que la PARTE ACTORA el ciudadano JESÚS ALVAREZ AROCHA, al momento del anuncio del inicio del presente acto no compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza del presente fallo.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
PUBLÍQUESE EN EL SITE DE LA PAGINA WEB CORRESPONDIENTE AL ESTADO MIRANDA.-
LA JUEZ

DRA. EDY LUZ SIMANCAS PADILLA


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

DRA. CARIDAD GALINDO

Expediente No. 2796-08
ELSP/CG.