REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 26 de septiembre de 2008.
197° y 149°

Causa N° 3C-4622/07

Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
Secretaria: Abg. Alma Akileya Monsalve
Fiscal Primero del Ministerio Público: Dr. MARTIN BRACHO GUARDIA
Imputado: JOSÉ RAMÓN ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-17.532.451
Delito: Homicidio intencional calificado con alevosía en grado de frustración.



DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Con Lugar la solicitud interpuesta por la persona del imputado, ciudadano JOSÉ RAMÓN ROMERO, titular de la cédula de identidad personal N° V-17.532.451; y en consecuencia, se declara el cese del Régimen de presentaciones del Imputado; así como el cese de la medida cautelar establecida en el artículo 256 numerales 3, 5, 6 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando en consecuencia el ciudadano: JOSÉ RAMÓN ROMERO, en libertad plena; de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 326 de la norma adjetiva Penal; en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquense a las partes con boleta, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3


Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico


La Secretaria,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE


Causa N° 3C-4622/07
RER/rer