REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO

En el día de hoy, veintidós (22) de septiembre del año Dos Mil Ocho (2008), comparece por ante la secretaría de este Tribunal DRA KARLA SANTIN, con fundamento en el artículo 92 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de exponer: “quien suscribe ISORA CONSUELO MARQUINA MÁRQUEZ Jueza Segunda de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, por medio de la presente Acta ME INHIBO, de conocer de la presente causa, signada con el N° 2U-663/06, seguida en contra del acusado JOEL HERNAN PACHECO PIÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad No V.- 14.161.717, por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, como lo es HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de la víctima adolescente BURGUILLOS BLANCO YOLIMAR, en virtud del contenido de los escritos presentados por la victima madre de la hoy occisa, ciudadana RICARDA BLANCO, venezolana, titular de la cédula de identidad No V.- 3.970.025; dicha INHIBICIÓN, se fundamenta en el contenido del ARTÍCULO 86, NUMERAL 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto tal como se observa de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que mi persona en fecha 3 de marzo de 2008 me aboque al conocimiento de la presente causa signada bajo el No 2U-663-06 , en virtud de la rotación anual de los jueces del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, según comunicación No 0185-08, de fecha 23 de enero de 2008.

Considero que el contenido de los escritos recibidos y anexados a la presente causa de fechas 17 de septiembre de 2008 , presentados ante la secretaría del Tribunal así como ante la Coordinación de Jueces del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, son irrespetuosos, amenazantes y ponen en tela de juicio mi honorabilidad e imparcialidad, hasta mi honradez como juez de la República Bolivariana de Venezuela .La víctima en su contenido deja entender cualquier tipo de actuación deshonesta por parte del Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial , afectando de este modo mi fuero intimo, provocando en mi interior sentimientos de reproche y de molestia por tales aseveraciones hechas en forma irresponsable, lo que hace que toque estrictamente mi imparcialidad y me sienta amenazada por la víctima RICARDA BLANCO. Quiero manifestar a los Honorables Magistrados de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, que en la presente causa desde el día 3 de marzo de 2008, se ha diferido el inicio del juicio oral y público, por causas ajenas al Tribunal, lo cual consta debidamente en las actas de diferimiento de fechas 3-03-08, 9-04.08, 2-06-08 y 17-09-08, siendo fijada la apertura del juicio oral y público para el día 29 de septiembre de 2008. Las causas de los diferimientos las cuales se encuentran debidamente justificadas por incomparecencia del acusado, realización y continuación de otros juicios orales y públicos y la falta de sala de juicio, por cuanto la misma se esta remodelando En consecuencia es contrario a la ética profesional y a las funciones que desempeñamos los jueces penales dentro de las atribuciones conferidas en el campo de nuestra competencia subjetiva.Hace la observación quien aquí se inhibe de conocer, que durante cinco años que tiene el presente proceso, la víctima RICARDA BLANO, es la primera vez que presenta una solicitud irrespetuosa contra el Tribunal, lo que me indica en mi fuero interno, que es contra mi persona la desconfianza y el irrespeto, ofendiendo mi honor y buena reputación, más quiero resaltar que contra otros jueces ella no presentó ni queja, ni solicitud alguna, lo cual indica que la ofensa es directa y el agravio recae en mi persona, lo cual hace nacer en mi interior, sentimientos, que afectan mi imparcialidad y objetividad, por lo cual en el buen derecho y mi ética profesional me impide continuar conociendo de la presente causa. En consecuencia se acuerda abrir un cuaderno de incidencia remitiendo la presente acta y copia certificada de los folios 241,242 de la pieza III y folios 2, 10 , 36, 4041, 42, 43 y 44 de la Pieza IV del presente expediente, a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal con Sede en Los Teques, y líbrese oficio remitiendo las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo para su redistribución a otro Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y Sede. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO DILIGENCIANTE

DRA ISORA CONSUELO MARQUINA MÁRQUEZ.

LA SECRETARIA

DRA. KARLA SANTIN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

DRA. KARLA SANTIN

Exp. 2U-663-06